Desde el 2 de marzo rige un nuevo aumento de la UF (Unidad Fija), unidad de medida utilizada para fijar las multas de tránsito en la Ciudad de Buenos Aires, pero que también se utiliza como parámetro para las sumas aseguradas mínimas exigidas de varios seguros obligatorios que rigen en el ámbito de la capital nacional.
El nuevo valor de la UF es de $ 102,92, que representa un aumento de casi un 36 % respecto del valor anterior, y ya se encuentra publicado en la página web de la Dirección General de Estadísticas y Censo del gobierno porteño Podes consultarlo aquí:
Podes consultarlo aquí : https://www.estadisticaciudad.gob.ar/eyc/?page_id=127327
En virtud de lo establecido en el artículo 20 de la Ley 451 (conf texto Ley 6486) es actualmente competencia de dicha Dirección General determinar por periodos semestrales el valor de la Unidad Fija (UF), la que conforme a la normativa citada es el equivalente al precio promedio medido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de medio (1/2) litro de la nafta de mayor octanaje.
El nuevo valor permanecerá fijo hasta el próximo ajuste, que regirá el 3 de setiembre de 2023 y en consecuencia, los valores de los principales seguros de Responsabilidad Civil obligatorios son los que se indican a continuación:
RC ASCENSORES Y MONTACARGAS
El monto mínimo de cobertura es:
– 300.000 UF para primer o único elevador. Nueva suma asegurada: $ 30.876.000
– 50.000 UF para cada elevador adicional. Nueva suma asegurada: $ 5.146.000
– Si el elevador estuviese instalado en vivienda unifamiliar se acepta que el mínimo sea de 50.000 UF. (ídem suma anterior)
RC CONSERVADORES DE ASCENSORES
La póliza de seguro debe ser contratada con un monto mínimo de cobertura de 350.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 36.022.000
RC CALDERAS
* 400.000 UF para única o primera caldera de vapor a alta presión. Nueva suma asegurada: $ 41.168.000
- Para la segunda 25% del valor anterior = 100.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 10.292.000
- A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 60.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 6.175.200
* 200.000 UF para única o primera caldera de vapor a baja presión. Nueva suma asegurada: $ 20.584.000
- Para la segunda el 25% del valor anterior = 50.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 5.146.000
- A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 30.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 3.087.600
* 100.000 UF para única o primera caldera de agua caliente o de fluido térmico. Nueva suma asegurada: $ 10.292.000
- Para la segunda el monto mínimo será del 25% del valor anterior = 25.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 2.573.000
- A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 15.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 1.543.800
* 50.000 UF para único o primer acumulador de agua (termotanque). Nueva suma asegurada: $ 5.146.000
- Para la segunda el monto mínimo será del 25% del valor anterior = 12.500 UF. Nueva suma asegurada: $ 1.286.500
- A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 7.500 UF. Nueva suma asegurada: $ 771.900
Seguro de Responsabilidad Civil Construcciones - Resolución-2019-118-AGC
Tipo de Obra Superficie a Construir Cantidad de UF Monto del seguro mínimo
MICRO OBRA Hasta 50 m2 250.000 $ 25.730.000
OBRA MENOR Entre 50 m2 y hasta 1000 m2 1.200.000 $ 123.504.000
OBRA MEDIA Entre 1000 m2 y hasta 5000 m2 1.800.000 $ 185.256.000
OBRA MAYOR Más de 5000 m2 2.200.000 $ 226.424.000
Para las obras que consistan únicamente en demolición, el monto mínimo requerido será el estipulado para la OBRA MEDIA (1.800.000 UF), $ 185.256.000