La Justicia Civil determinó que un ciclista jubilado de 71 años deberá recibir una indemnización de $5 millones de manos de un automovilista que no respetó la señal “ceda el paso” y lo chocó en la rotonda de los bomberos de Luján de Cuyo.
En noviembre de 2021, el ciclista iba a bordo de una bicicleta marca “Colner” rodado 26 de aluminio por la calle Cipolletti de Luján, hacia el Norte e ingresó a la rotonda de los bomberos, algo que hacia habitualmente hacía ya que tiene una experiencia de 30 años de practicar ciclismo por la zona, cuando fue colisionado en la intersección de calle Roque Sáenz Peña por el automóvil conducido por el J. B, quien de desplazaba en un Suzuki Fun con dirección de marcha hacia el Oeste.
El jubilado sostuvo que el conductor no respetó la señalización “Ceda el paso” que se encuentra en la isla separadora de dicho lugar y que violó la prioridad de paso del ciclista que se encontraba circulando por el interior de la rotonda, en tanto que el demandado ingresaba a la misma.
Como consecuencia del impacto, el ciclista sufrió serias lesiones que fueron constatadas primero por una doctora (“politraumatismos”) y posteriormente un doctor (“hematoma y escoriaciones en ambas rodillas, herida suturada de 10 centímetros en cara posterior de pierna derecha, herida suturada de 15 centímetros en cara posterior del antebrazo izquierdo”).
Además el accidente ocasionó severos daños materiales en la bicicleta que habría quedado inutilizada como también la indumentaria que llevaba puesta al momento del siniestro.
Tras el accidente la victima inició una demanda civil contra el automovilista, reclamando en concepto de daño patrimonial la suma de $327.000; en concepto de gastos médicos, $55.0000; en concepto de incapacidad sobreviniente, $523.070 y en concepto de daño moral, la suma de $270.000.
El demandado y su asegurador rechazaron el planteo dando otra versión de accidente: que el auto circulaba de Este a Oeste por Roque Sáenz Peña y que a metros de llegar a la rotonda de Los Bomberos, aminora la velocidad para ingresar a la misma dejando pasar a los que circulaban dentro de la rotonda, entre los que se encontraba el ciclista que iba de norte a sur por Cipolleti.
Cuando se incorpora a la rotonda tomando el carril derecho, ya que iba a continuar por calle Chile hacia el norte, el ciclista intenta adelantarse hacia la derecha, se atraviesa en la dirección de marcha del Suzuki e impacta el lateral delantero izquierdo del rodado del demandado.
Ante las dos versiones se consultó a un perito mecánico que dictaminó: “En momentos en que el automotor Suzuki Fun del demandado que circulando hacia el Oeste por S. Peña y sin atenerse al cartel que obliga a ceder el paso, ingresa a la rotonda existente en la intersección de dicha arteria con Cipolletti, no avizorando la presencia de la bicicleta conducida por el actor que se presenta circulando por la citada rotonda con dirección de marcha al norte, posiblemente intentando tomar por dicha circunvalación para dirigirse al oeste, impactándolo con su parte frontal sobre el lateral derecho del biciclo provocando la caída del conductor del rodado menor provocándole las lesiones que se detallan en la presente demanda.”
La pericia además de establecer que había una señal “ceda el paso”, indicó los daños sufridos al vehículo menor: desprendimiento de rueda delantera quebradura de vaina trasera, rotura de llanta delantera, desprendimiento de empuñadura del mismo lado, rotura de horquilla delantera.
Estableció también el valor del arreglo del biciclo y el precio: “una bicicleta marca Colmer de aluminio, usada, en buen estado de conservación, y dependiendo de los accesorios que posea, ronda entre los $360.4000.
Para el juez del Tercer juzgado de Gestión Asociada, “el resultado dañoso se halla en conexión causal exclusiva con la conducta observada por el demandado”, sosteniendo que el impacto respondió a una omisión a las normas de tránsito, en especial a la señalización CEDA EL PASO “que, de ser observada de buena fe, evitaría muchos de los accidentes que la premiosa conducción moderna causa a los automóviles”.
Para fijar el monto de daño sufrido por el ciclista se tuvo en cuenta que el ciclista tiene 71 años, es jubilado y que los golpes le dejaron un incapacidad del 34%, por lo que “resulta prudente fijar el resarcimiento en la suma de $3.208.827
En concepto de daño moral se fijó la suma de $1.000.000; los gastos de se fijaron en $400.000, lo que da una suma total de $4.663.827 –cifra que, con los intereses llega a $5 millones- que deberán ser pagadas por el dueño de auto y su aseguradora.
(Fuente: Los Andes)