Compañía de Seguros de Jujuy Soc. del Estado: Levantan la inhibición de bienes

La medida había sido adoptada por la falta de presentación de balance al 30 de junio de 2024.



La Superintendencia de Seguros de la Nación a través de la Resolución 429-2024 de fecha 30 de agosto de 2024 resolvió el levantamiento de la inhibición general de bienes que pesaba sobre la Compañía de Seguros jujuy Soc. del Estado.

Oportunamente el organismo de control,  con motivo de la falta de presentación de los Estados Contables al 30 de junio de 2024, por Resolución RESOL-2024-407-APN-SSN#MEC, de fecha 22 de agosto, se adoptaron respecto de COMPAÑÍA DE
SEGUROS DE JUJUY SOCIEDAD DEL ESTADO (CUIT 30-71779478-4) las medidas cautelares previstas en el artículo 86 de la Ley N° 20.091.

Que mediante dicha Resolución se prohibió a la entidad realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispuso su INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES.

Por el Expediente EX-2024-92203436-APN-GE#SSN, COMPAÑÍA DE SEGUROS DE JUJUY SOCIEDAD DEL ESTADO (CUIT 30-71779478-4) presentó los Estados Contables al 30 de junio de 2024; ello,
a fines de dar cumplimiento con lo previsto en el punto 39.8.1. del Reglamento General de la Actividad aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014) y subsanar la situación que
motivara el dictado de la citada Resolución.

Por tal motivo no existen fundamentos para el mantenimiento de la medida adoptada por la Resolución RESOL-2024-407-APN-SSN#MEC, de fecha 22 de agosto.

Es por ello que la SSN dispone el levantamiento de la medida cautelar de INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES adoptada respecto de COMPAÑÍA DE SEGUROS DE JUJUY SOCIEDAD DEL ESTADO (CUIT 30-71779478-
4) por Resolución RESOL-2024-407-APN-SSN#MEC, de fecha 22 de agosto.

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