La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo de mayoría, sentenció que para responsabilizar a una Aseguradora de Riesgo de Trabajo resulta esencial determinar el adecuado nexo de causalidad de los hechos que provocan el daño con los presuntos incumplimientos de la ART.
Lo hizo en un caso en el que el conductor de un taxi demandó la indemnización por la incapacidad sufrida con motivo de un accidente vial, solicitud que se hizo lugar en primera instancia y la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente al admitir además la responsabilidad civil de Asociart S.A. (ART) condenándola en forma solidaria con el empleador.
Para así decidir, se entendió que la aseguradora no demostró haber dado cumplimiento a sus deberes que le competen en materia de prevención de riesgos y seguridad laboral, por lo que solo podía liberarse si hubiese cumplido con su resultado.
La Corte, con la disidencia de Rosatti que entiende inadmisible la queja y la desestima, sostiene principalmente que no se demostró la relación causal adecuada entre el perjuicio que sufrió el actor y la ART, señalando que la Cámara solo “se limitó a formular elucubraciones genéricas acerca de las obligaciones de las aseguradoras de riesgos del trabajo sin precisar cuál sería el nexo de causalidad adecuado entre el siniestro y la conducta del interviniente -presupuesto necesario para la atribución de responsabilidad civil- sino que la condenó por el solo hecho del resultado dañoso”
Así, se pone de resalto que si lo que el trabajador pretende es la reparación integral de los daños producidos a raíz de un accidente, es necesario determinar el adecuado nexo de causalidad con los presuntos incumplimientos de la ART, con el fin de poder atribuirle responsabilidad civil.
(Palabras del Derecho)