Un tribunal resolvió condenar a una institución educativa privada a un resarcimiento de casi $6,5 millones más intereses a una alumna que, según la prueba relevada durante el desarrollo de la investigación, sufrió trastornos clínicos y psicológicos como consecuencia de acciones de bullying que durante casi tres años sufrió de sus compañeras de aula sin que los responsables docentes y directivos pusieran freno a la situación.
Los hechos datan del 30 de octubre de 2017, cuando el padre de la menor advirtió a la conducción del establecimiento Instituto Galileo Galilei que su hija tuvo que ser internada como consecuencia de “un pico de stress” derivado de “problemas que tiene con sus compañeros de curso”. Así se lo hizo saber al director, que entonces dijo desconocer problemas anteriores con la alumna, pero una preceptora lo contradijo al recordar episodios de tensión con ese grupo.
Para entonces la adolescente había sido atendida en el Hospital Interzonal General de Agudos por cuadros de epilepsia y, según reseñan los jueces, los profesionales que la atendieron dejaron constancia en la historia clínica de su referencia a “problemas con compañeros de colegio esos días”.
El fallo corresponde a la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que integran Ricardo Monterisi, Roberto Loustanau y Alfredo Méndez, instancia en la que intervienen tras una primera resolución del Juzgado en lo Civil y Comercial N°10, a cargo de Mariana Tonto de Bessone, en la que se condenó al colegio a pagar una suma de $1.604.787 en concepto de daños y perjuicios.
Los problemas denunciados comenzaron cuando la damnificada cursaba cuarto año y se extendieron hasta fin del ciclo secundario. Convulsiones y epilepsia fueron, según la intervención de peritos, las consecuencias del acoso y maltrato en ese ámbito escolar.
“Antes del hostigamiento escolar no había ningún antecedente que dé cuenta de la epilepsia que luego devino en crónica e incurable”, se cita en el fallo. La opinión del neurólogo que atendió a la víctima, el profesional que realizó el peritaje neurológico y la psicóloga que hizo el suyo sobre el caso coincidieron en que situaciones de estrés como el derivado del bullying pueden provocar estos episodios de epilepsia.
Los jueces advierten que la parte demandada, como responsables de una entidad educativa, debían “conocer las potenciales consecuencias psíquicas y físicas que un alumno puede sufrir a causa del bullying”.
A criterio de la Justicia, la epilepsia crónica se considera como un 15% de discapacidad. La jueza de primera instancia dividió por dos ese porcentaje. Pero el tribunal superior lo mantuvo completo y estima incrementos futuros en función de “probabilidad de progreso laboral de la actora”.
Los jueces llegan a establecer una indemnización por perjuicio de $3.178.847,98 más un 10%, lo que arroja una suma final de $3.496.842,78. Y establece también que la aseguradora, que había deslindado responsabilidad frente al caso y el cuadro clínico que sustentó el reclamo, deberá responder de manera concurrente con la firma demandada.
“La responsabilidad del establecimiento educativo comprende al daño sufrido y el causado por los alumnos durante la actividad escolar”, concluye el tribunal. Así es que, por último, fijan en $3.199.999 la suma establecida para compensar el daño moral sufrido por la entonces adolescente, hoy mayor de edad.
(Fuente: La Nación)