Un trabajador del área de carga y descarga de un supermercado «Todo» ubicado en Bariloche sufrió dos accidentes que le provocaron cuatro hernias de disco. Inmediatamente recurrió a la ART, que lo atendió y le recetó un tratamiento que resultó insuficiente.
El trabajador relató en la demanda que el primer accidente ocurrió mientras descargaba un camión. Al bajar un cajón de fiambres, se rompió una de las manijas y, al realizar el esfuerzo de contenerlo, sintió un fuerte dolor que comenzaba en la nuca y se prolongaba hasta la parte baja de la espalda.
Fue evaluado por la ART y atendido, realizando diez sesiones de kinesiología como tratamiento, tras lo cual le otorgaron el alta médica. En la primera intervención, el médico determinó que el trabajador padecía triple hernia discal. Este diagnóstico recomendó evitar trabajos de fuerza y levantar más de diez kilos de peso.
A pesar del diagnóstico del médico, no pudo realizar una recuperación más larga y retomó su tarea. Fue entonces cuando, al levantar una bolsa de papas, sintió nuevamente un fuerte dolor, similar a «un pinchazo». En ese momento no pudo continuar moviéndose debido al intenso dolor.
Luego del segundo accidente, se detectaron las cuatro hernias discales y dos vértebras comprometidas; no obstante, se le indicaron sesiones de kinesiología y nuevamente le dieron el alta médica. Al no estar de acuerdo con el alta, pidió la intervención de la comisión médica.
La comisión médica consideró apropiado el tratamiento por parte de la ART y nuevamente le dieron el alta, a pesar de que el traumatólogo que lo atendió determinó una incapacidad del 61,31%. Esto motivó que acudiera a la vía judicial para reclamar que le paguen la cantidad de dinero correspondiente a su incapacidad.
La ART nunca contestó la demanda. El tribunal resolvió a favor del trabajador luego de analizar las pericias ordenadas. Por un lado, el perito médico corroboró que el operario padece las hernias ya diagnosticadas, con limitación de movimientos en la columna. Esto se comprobó con un examen físico.
La Justicia concluyó, además, que las lesiones y secuelas que presenta son compatibles con el trauma laboral al que se había referido el trabajador y determinó una incapacidad laboral del 41,96%.
Además de los padecimientos físicos, también se comprobaron trastornos depresivos a raíz de estos evento, según el perito psiquiatra.
En su totalidad, la incapacidad que sufrió el trabajador correspondió al 50,66%. Por ello, se ordenó su indemnización con el capital e intereses pertinentes. (Fuentes: Rionegro.com.ar)