ISEV: ¡Atención! Cascos para motociclistas - Nuevo Decreto

El nuevo Decreto 196/25 suprime y modifica la normativa al respecto.



El nuevo Decreto 196/25 suprime y modifica la normativa al respecto.

ARTÍCULO 29.- CONDICIONES DE SEGURIDAD. Las condiciones de seguridad que deben cumplir los vehículos se rigen por el presente artículo y se ajustarán a las siguientes exigencias:...

I) Los cascos se ajustarán a lo dispuesto en la certificación ECE R22-05 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.

La norma ECE R22-05 es una norma europea básica para cascos de motociclistas. La prueba ECE 22.05 es equivalente a las pruebas de cascos del Departamento de Transporte (DOT) en EE. UU. y esta homologación abarca tanto el casco como la visera.

Sin embargo el nuevo Anexo C dispone que los fabricantes y los importadores de autopartes, componentes y piezas deben cumplir alguno de los procesos de ensayos que establece el siguiente cuadro:

Cascos de Protección para Uso Vehicular: IRAM AITA 3621 / R22 / DOT

DESAPARECE la obligación normativa de “contar con la identificación de dominio del motovehículo, adherida en letras y números reflectantes, sin que coincida con el color de fondo del casco.”


Dr. Eduardo Bertotti

Director ISEV