La SSN modifica el cálculo de Reservas por Juicios Futuros para Aseguradoras de Riesgos del Trabajo

Se establece cambios significativos en la metodología de cálculo de la "Reserva por Juicios Futuros Neta" para las entidades que operan en el ramo de Riesgos del Trabajo (ART).



La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) ha dictado la Resolución RESOL-2025-720-APN-SSN#MEC, con fecha 29 de diciembre de 2025, mediante la cual establece cambios significativos en la metodología de cálculo de la "Reserva por Juicios Futuros Neta" para las entidades que operan en el ramo de Riesgos del Trabajo (ART).

Esta medida busca ajustar la solvencia de las aseguradoras en función de la maduración de su cartera de litigios, la cual se estima se alcanza a los cinco años de operación en el mercado.

Un nuevo factor de corrección

La resolución introduce la obligatoriedad de calcular un Factor de Corrección para determinar la reserva neta. Este factor será el resultado de elegir el valor mínimo entre dos variables:

Variable A (Experiencia propia): Un porcentaje que surge de comparar la Reserva por Juicios Futuros Total frente a la suma de dicha reserva más la valuación de reclamaciones judiciales actuales.

Variable B (Tabla de maduración): Un porcentaje decreciente basado en la cantidad de trimestres transcurridos desde el primer balance presentado por la aseguradora.


Escala de porcentajes según la antigüedad

La normativa establece una tabla que reduce gradualmente el peso de la reserva a medida que la aseguradora suma años de operación:

0 a 3 trimestres: 100%

4 a 7 trimestres: 75%

8 a 11 trimestres: 55%

12 a 15 trimestres: 25%

16 a 19 trimestres: 10%

Más de 19 trimestres: 0% (Momento en que se considera la cartera madura).


Implementación y Contabilidad

La nueva reserva deberá registrarse contablemente en el rubro "Deudas con Asegurados", específicamente bajo la cuenta "Reserva por Juicios Futuros".

Vigencia: Según lo dispuesto en el Artículo 2º, estas modificaciones son de aplicación inmediata para los Estados Contables cerrados al 31 de diciembre de 2025 y períodos subsiguientes.

La resolución lleva la firma del Superintendente de Seguros de la Nación, Guillermo Plate, y se enmarca en las facultades del organismo para garantizar que las entidades cuenten con los fondos necesarios para afrontar sus obligaciones con los asegurados.


Acceda a la Resoluciòn aquì: 720 BO.pdf