Ley de estacionamiento en CABA ¿Movilidad sostenible?

En tiempos en que el “leitmotiv” del tránsito urbano es la “movilidad sostenible”, que entre otros conceptos abarca los muy tradicionales “seguridad” y “fluidez”...



En tiempos en que el “leitmotiv” del tránsito urbano es la “movilidad sostenible” (que entre otros conceptos abarca los muy tradicionales “seguridad” y “fluidez” del ordenamiento de la circulación vial del siglo pasado –nada nuevo bajo el sol-), surgen algunas acciones o medidas que si bien parecen “simpáticas” a primera vista para una generalidad de usuarios, deberían ser analizadas con detenimiento en el “contexto general” y sus posibles afectaciones.

Nos estamos refiriendo en este caso a la normativa de estacionamiento de reciente entrada en vigencia en la Ciudad de Buenos Aires.


El texto reformado del ítem 7.1.2 del Código de Tránsito establece:

Normas generales.

Establécense con carácter general las siguientes normas de estacionamiento para las arterias de la Ciudad de Buenos Aires:

a)  Prohibición  general  de  estacionamiento  de  vehículos  en  avenidas  junto  a  ambas  aceras los días hábiles entre las siete (7) y las veintiuna (21) horas.

b) Permiso  general  de  estacionamiento  de  vehículos  en  calles  junto  a  ambas  aceras  todos los días durante las veinticuatro (24) horas.

c) Prohibición general de estacionamiento de vehículos en calles y avenidas afectadasal Sistema Metrobús  junto a ambas aceras, todos los días durante las veinticuatro (24) horas.

d)  Prohibición  general  de  estacionamiento  de  vehículos  en  calles  y  avenidas  con  ciclovías  junto  al  carril   afectado  a  ésta,  todos  los  días  durante  las  veinticuatro  (24)  horas."


Preocupa particularmente el inc. b que establece un permiso general de estacionamiento 24/7 en ambas aceras de las calles.

Teniendo en cuenta que muchas de estas arterias tienen como máximo entre 5 y 6 mts de ancho lo que posibilita sólo tres carriles, evidentemente se entorpece la fluidez del tránsito. El problema, sin embargo, no es con los desplazamientos de los vehículos privados, sino con el del transporte público. Una gran proporción de sus recorridos transcurre por este tipo de calles. El Metrobus o calle exclusiva, cubren un bajo porcentaje de estos recorridos. Los tiempos de viaje de la sociedad en los medios públicos y colectivos se ven afectados por el estrechamiento de calzada útil para circulación (ocupación dinámica) por la habilitación de estacionamiento en la acera izquierda (ocupación estática). De alguna manera contradice al principio establecido en el inc. c que si lo tiene en cuenta en función del Metrobús .

Desde el punto de vista de la seguridad vial también preocupa, ya que agrega el riesgo de usuarios que ascienden y descienden por la calzada de vehículos estacionados sobre la acera izquierda, sumado a peatones imprudentes que pretenden cruzar la calle desplazándose entre vehículos estacionados ahora de ambos lados de la misma.

Quizás la intención de simplificar las reglas de estacionamiento de la Ciudad (contradiciendo en forma parcial los principios de la normativa nacional) bajo pretexto de brindar seguridad jurídica y claridad a los usuarios de automotores, como fue presentado, obvió el contexto general y las actuales políticas de “movilidad sostenible” declamadas que persiguen desalentar el vehículo privado y fomentar el transporte público y el uso de bicicletas.


Dr. Eduardo Bertotti

Director ISEV