La ley 27.714, conocida como "Ley de Alcohol Cero al volante", que había sido sancionada por el Senado el pasado 13 de abril, se promulgó de manera oficial hoy al haber sido publicada en el Boletín Oficial.
De esta manera queda modificado el inciso a) del articulo 48 de la ley 24.449 quedando establecido "Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario”
Aun resta la reglamentación, ya su que aplicación no alcanza a rutas provinciales. A la fecha hay 13 provincias que cuentan con normativa relativa al alcohol cero
Acceda a la misma aquí: ley 27.714.docx