Millonaria condena a autopista

Corredor Panamericano deberá pagar más de $3 millones por un accidente ocurrido en 2018 frente al hotel Howard Johnson...



La Justicia Civil y Comercial de Rosario condenó al concesionario de la autopista a Córdoba a pagar más de $3 millones por un siniestro vial ocasionado a partir de la obstaculización con trozos de hormigón dispersos sobre la calzada a la altura de Funes. Con esta sentencia, el Corredor Panamericano S. A. deberá pagar por daños materiales y morales a la familia damnificada en el siniestro vial perpetrado el pasado 16 de diciembre de 2018, cuando viajaban a bordo de un vehículo de alta gama.

De acuerdo a la demanda, eran las 2 de la madrugada cuando Alejandro Marcelo S., acompañado por su esposa María Fernanda R. y sus hijos de 6 y 9 años, se encontró "de manera intempestiva y en total penumbra" con la calzada "totalmente bloqueada por trozos de hormigón esparcidos, que obstaculizaban y obstruían la circulación".

Como consecuencia de este imprevisto, de acuerdo a la demanda, el vehículo —un BMW modelo 2017— "salió despedido" de la calzada cuando circulaba a la altura del kilómetro 306, frente al hotel Howard Johnson.

Según consta en la demanda, los daños materiales fueron de "alta cuantía", considerando que se trata de un vehículo importado de alta gama modelo 2017, aunque resalta que "lo más grave fueron los daños de sus ocupantes, golpeados y conmocionados por el accidente, quienes quedaron en una situación de pánico y terror, debiendo ser asistidos y con secuelas psíquicas obvias ante lo acontecido".

A su vez, el escrito planteó que "la desidia, negligencia grave, omisión, falta de vigilancia y culpa total de control de la autopista de los vehículos que deben transitar por ella, y la falta de cumplimiento del deber de seguridad, fueron la causa y concausa del grave accidente sufrido".

"Que sólo el óptimo estado del automotor previo al accidente, la actitud de conductor y la calidad de seguridad y estabilidad del rodado impidieron gravísimas consecuencias y la vida misma de los ocupantes", resalta el fallo emitido por el juez Marcelo Quaglia, del fuero Civil y Comercial Nº14.

(Fuente: La Capital)