La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (SSN) informó mediante la resolución EX-2018-05384366-APN-GA#SSN que los pagos en concepto de Derecho
de Inscripción del presente año efectuados con posterioridad al vencimiento que operará el 30 de abril de 2023 no sufrirán el recargo del CINCUENTA POR CIENTO (50 %), previsto en el punto 4.2.3. del Reglamento General de Actividad de los Productores Asesores de Seguros (t.o. Resolución SSN N° 24.828 de fecha 30 de septiembre de 1996, y sus modificatorias y complementarias), en la medida que éstos sean realizados por matriculados que regularicen el cumplimiento del Programa de Capacitación Continuada del ciclo lectivo 2022 antes de esa fecha, y que a su vez se encuentren imposibilitados de generar la correspondiente boleta para efectivizar el pago por problemas técnicos en los sistemas de este Organismo.
Una vez solucionados los inconvenientes técnicos, se emitirá una Circular en la que se indique hasta que fecha será de aplicación lo precedentemente dispuesto.
Acceda a la resolución completa aquí : IF-2023-47171537-APN-SSN%MEC.pdf