Condena penal por praxis en Mendoza

El médico Roberto Barbozar recibió un año de prisión en suspenso por mala praxis ante una pequeña de 5 años que falleció en hospital local.



El médico Roberto Barbozar recibió un año de prisión en suspenso por mala praxis ante una pequeña de 5 años que falleció en hospital de San Carlos (Mendoza). El proceso se desarrolló en el Polo Judicial y este lunes fue condenado por homicidio culposo. La pena de la imputación fue un año de prisión y la inhabilitación para trabajar por 5 años.

La mala praxis del médico recayó en la causa de muerte “sobreinfección bacteriana secundaria y varicela”. El pediatra atendió a la niña Julia Villegas de 5 años de edad, el 12 de enero del 2018 en el Hospital Tagarelli.

El caso por la condena al médico

La inadecuada atención en la mañana de ese día. La menor presentaba varicela, 37,6 grados de temperatura, una frecuencia cardíaca de 116 por minuto y una saturación de oxigeno del 95% y el médico solo la diagnosticó con varicela e infección inguinal derecha.

En el hospital se le realizó una cura con Pervinox y se les dio una indicación de ibuprofeno y cefalexina para enviarla de vuelta a casa, “pese a que la conducta que debería haber adoptado ante el cuadro de la nena, teniendo en cuenta la reiteración de consultas, la evolución de la curva térmica, la mala evolución de las lesiones de piel con infección bacteriana habría sido internarla y darle un tratamiento específico” para el cuadro de la varicela que empeoraba.

Para las 17:10 del mismo día, la pequeña volvió a ingresar al Tagarelli y fue atendida nuevamente por Barboza. En ese momento el cuadro que presentaba a niña era convulsiones, midriasis y rigidez generalizada por lo que se le practican maniobras de resucitación, RPC, masajes cardíacos, intubación y se le inyecta adrenalina. Pese a la batería de acciones, la niña entre en paro y falleció a las 17.45.

La causa de la muerte fue “sobreinfección bacteriana secundaria y varicela”. Para la Fiscalía de San Carlos el médico habría violado el deber de cuidado que su condición profesional le exige y habría actuado con impericia “al no haberla internado e indicado el tratamiento adecuado, teniendo en cuenta el estado de salud de la menor”.

(Fuente: Diario NDI)