La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO dictó la Resolución 52/2022 de fecha 30/08/2022 y publicado e el boletín oficial de hoy , mediante la cual determinó el monto mínimo del Fondo de Reserva creado por el artículo 1° de la Resolución S.R.T. N° 1.105 de fecha 02 de agosto de 2010 y sus modificatorias, por la cual se creó el Fondo de Reserva para Financiar el Funcionamiento de las Comisiones Médicas, el cual se encuentra destinado a solventar los gastos fijos y variables que por todo concepto demande el funcionamiento y administración de las mentadas comisiones.
Se determina el monto mínimo del Fondo de Reserva en la cifra de PESOS UN MIL NOVENTA Y TRES MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL ($ 1.093.117.000).
Se establece la cantidad a aportar por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) en la suma de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MILLONES CIENTO OCHO MIL ($ 124.108.000).
Por su parte la cantidad a aportar por las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (A.R.T.) y los Empleadores Autoasegurados (E.A.) será de de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES NUEVE MIL ($ 969.009.000) que será distribuida a prorrata de la cantidad de trabajadores asegurados declarada por cada uno y publicada por la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) al momento de la entrada en vigencia de la presente.”.