La Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante la Circular IF-2022-46327456-APNI-SSN·MEC recordó a las entidades que operan en seguro automotor que deben garantizar el más estricto cumplimiento de los dispositivos de la Ley N° 25.761, el Decreto PEN N° 744/2004 y normas complementarias legales y reglamentarias de aplicación, a fin de contribuir con la realización de políticas públicas orientadas a preservar el bien común y la seguridad de las personas frente a prácticas delictivas vinculadas a la sustracción de automotores y tráfico ilegal de autopartes. Las infracciones a las normativas de referencia no sólo son sancionables administrativamente sino que podrían conllevar severas responsabilidades penales.
Accedes a las citadas normas aquí:
Ley Nº 25.761: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/85000-89999/87496/norma.htm
Decreto PEN nª 744/2004: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-744-2004-95763/texto
Circular SSN: ssn desarmado de autos y venta de autopartes.pdf