La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) comunicó mediante la circular EX-2022-82319186-APN-GA#SSN de fecha 11 de agosto de 2022 que atento al impacto de la pandemia del COVID-19 en lo que refiere al cálculo de la reserva de Siniestros Ocurridos y No Reportados (I.B.N.R.) las entidades podrán optar por tratar a los siniestros por fallecimiento como excepcionales.
Serán catalogados como siniestros excepcionales por fallecimiento por COVID19 aquellos cuya fecha de ocurrencia haya sido posterior al Decreto N° 297, de fecha 19 de marzo de 2020, hasta el 30.06.2022.
Acceda a la circular completa aquí: reserva de siniestros ocurridos y no reportados.pdf