La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN a través de la Resolución 2024-362-APN-SSN#MEC de Fecha 07/08/2024 resolvió aplicar a TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA un APERCIBIMIENTO, en los términos del artículo 58 inciso b) de la Ley Nº 20.091.
El motivo del apercibimiento tiene que ver con que la aseguradora
“1. No procedió a registrar la causa judicial caratulada “DAÑOS Y PERJUICIOS: MENDOZA, ELÍAS JOSÉ AGUSTÍN C/ SÁNCHEZ, JORGE DANIEL y TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA” en su Registro de Actuaciones Judiciales en tiempo y forma.
2. No procedió a informarla ante este organismo de control en el marco de lo normado en el punto 39.6.4. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
3. No efectuó la valuación de la reserva de siniestros pendientes al 31/03/2023 para la causa invocada en el oficio judicial.”.
Acceda a la Resolución completa aquí: 362 SUN BO.pdf