La foto no era exigible (Robo de Bicicleta)



Una mujer de Cipolletti fue víctima del robo de su bicicleta en el Distrito Vecinal. Su rodado estaba asegurado pero cuando denunció el episodio le contestaron con 15 días de demora. Después hubo un error con el número telefónico y le informaron que faltaba documentación, luego rechazaron su cobertura. La clienta inició un juicio pero la aseguradora dudó que la bicicleta sea suya por no tener una selfie con el rodado.

La mujer había ido a cenar con una amiga al Distrito Vecinal Noreste, cuando regresaba a su hogar, cerca de la medianoche, le robaron la bicicleta. El rodado estaba asegurado por la empresa Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada.

Cuando la mujer denunció el robo de su bicicleta le contestaron con 15 días de demora, después le informaron que faltaba documentación. Dos meses más tarde le enviaron una carta documento en la que rechazaban la cobertura, le rescindieron el contrato y la acusaron de un delito penal con el objetivo de obtener una indemnización indebida.

La dueña de la bicicleta inició un juicio en el fuero civil y en ese proceso probó no solo que la aseguradora había inclumplido con su rol, sino que consiguió un resarcimiento por los daños. En esa misma sentencia se aplicó una multa civil contra la compañía por la infracción a la ley de Defensa del Consumidor.

«Desde la aseguradora le cuestionaron a la clienta el horario en que se movilizaba en su bicicleta y el lugar donde estaba, por no coincidir con el recorrido de su domicilio. Además, sostuvieron que no había acreditado la posesión del rodado mediante una foto en la que apareciera tanto ella como el bien asegurado» explicaron desde el Poder Judicial.

La mujer probó que esa noche había ido a cenar con una amiga al Distrito Vecinal y que, de regreso, sufrió el robo. Demostró esas circunstancias con el testimonio de la persona a la que había visitado y con otra mujer, a quién le pidió ayuda para denunciar en la comisaría.

La sentencia fijó una indemnización por el valor de la bicicleta ($ 235.000), y otra por daño moral debido a la situación que la clienta debió soportar, incluso con la acusación de haber cometido ella un delito penal ($ 355.100), además de una suma adicional ($ 700.000) en concepto del daño punitivo prevista en la ley de Defensa del Consumidor.

(Con información de Rionegro.com.ar y Diario Judicial)